Normas hasta en el suelo.

En muchas ocasiones, hasta que alguien no te hace ver algo sencillo desde otro ángulo, no te das cuenta de que hay mucho más de lo que parece y desde entonces no paras de ver ejemplos que corroboran esta nueva forma de mirar.

Hace unos días, al solicitar en el Ayuntamiento una licencia de primera ocupación para un edificio de nueva planta, entre las muchas cosas que me solicitó el técnico municipal para demostrarle que mi edificio (y digo mío porque lo siento como tal, puesto que yo lo he diseñado, dirigido sus obras, he puesto mis conocimientos, tiempo, esfuerzo y dedicación en él desde que tan sólo era unas líneas en mis croquis hasta que se ha convertido en un objeto que seguirá en pie mucho tiempo después de que yo haya muerto), cumple con todas las normativas exigibles.

De entre toda la documentación que me solicitó, la que me pareció más curiosa fue un documento que acreditara la resbaladicidad del suelo de entrada del portal. En un principio me pareció una nimiedad. Después de haber construido un edificio de tres plantas sobre rasante y dos subterráneas, ¿la licencia de primera ocupación quedaba supeditada a la resbaladicidad del suelo? 

Imagen del portal, con la puerta de acceso con buzones 
incorporados para permitir su uso sin entrar en el edificio.

Tras pedirle a la empresa constructora que me facilitase una acreditación de que ese suelo cumplía con  los requisitos del Código Técnico de la Edificación (CTE) y estudiar más a fondo el tema, resulta que más de la mitad de los accidentes de los usuarios de un edificio, se deben a resbalones producidos por suelos que no cumplían con el nuevo Código Técnico. Tela.

Desde entonces casi me doy de bruces un par de veces al entrar en el portal (en edificios no proyectados por mi, claro), sobre todo en días de lluvia como los que estamos teniendo. Pues bien, gracias a ese técnico municipal, eso no sucederá en mis edificios. No señor.

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